
Las restricciones seguirán hasta el 11 de Junio


Así lo dispuso el Gobernador Ricardo Quintela, a través de un decreto publicado en el Boletín oficial.
En ese marco, adhirió a la Provincia de La Rioja a las medidas contenidas en el DNU N° 334 de fecha 21 de mayo de 2021 del Poder Ejecutivo Nacional, con vigencia hasta el día 30 de mayo de 2021, inclusive, y con el siguiente alcance:
a) Actividades Suspendidas: Durante la vigencia indicada se mantendrá suspendida la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales, que no se encuentren expresamente exceptuadas en el presente decreto.
b) Circulación de Personas: Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán circular en la vía pública para aprovisionarse de bienes y artículos de primera necesidad en los comercios esenciales autorizados a funcionar, como asimismo para el cumplimiento de las actividades y servicios habilitados para funcionar, pudiendo hacerlo desde las 06:00 horas y hasta las 18:00 horas del mismo día. La circulación de personas en la vía pública se encontrará restringida entre las 18:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.


